Estado de Resultados Integral
Estado del resultado del periodo y otro resultado integral
De conformidad con el párrafo 81A y 81B, nos indica las formas de presentación de Estado de resultados:
El estado del resultado del periodo y otro resultado integral (estado del resultado integral) presentará, además de las secciones del resultado del periodo y otro resultado integral:(a) el resultado del periodo;(b) otro resultado integral total;(c) el resultado integral del periodo, siendo el total del resultado del periodo y otro resultado integral. Si una entidad presenta un estado del resultado del periodo separado, no presentará la sección del resultado del periodo en el estado que presente el resultado integral.
Una entidad presentará las siguientes partidas, además de las secciones del resultado del periodo y otro resultado integral, como distribuciones del resultado del periodo y otro resultado integral para el periodo:(a) resultado del periodo atribuible a:(i) participaciones no controladoras y(ii) propietarios de la controladora.(b) resultado integral del periodo atribuible a:(i) participaciones no controladoras y(ii) propietarios de la controladora. Si una entidad presenta el resultado del periodo en un estado separado, presentará (a) en ese estado.
Estando el estado de resultados integrado conformado por dos partes, la primera parte esta relacionado a todos los ingresos menos los egresos del periodo, cuya utilidad o pérdida representa el resultado del ejercicio, la otra parte es el otro resultado integral, la cual esta conformada por los resultados no realizados, caso es la cuenta 56 y 57 del PCGE vigente.
La información a presentar en el estado de resultados del periodo de acuerdo al párrafo 82 de la NIC 1 es:
Además de las partidas requeridas por otras NIIF, la sección del resultado del periodo o el estado del resultado del periodo incluirán las partidas que presenten los importes siguientes para el periodo:
(a) ingresos de actividades ordinarias, presentando por separado:
(i) ingresos por intereses calculados utilizando el método del interés efectivo; y
(ii) ingresos de actividades ordinarias por seguros (véase la NIIF 17);
(aa) ganancias y pérdidas que surgen de la baja en cuentas de activos financieros medidos al costo amortizado;
(ab) gastos del servicio de seguro de contratos emitidos dentro del alcance de la NIIF 17 (véase la NIIF 17); (ac) ingresos o gastos por contratos de reaseguro mantenidos (véase la NIIF 17);
(b) costos financieros;
(ba) pérdidas por deterioro de valor (incluyendo reversiones de pérdidas por deterioro de valor o ganancias por deterioro de valor) determinados de acuerdo con la Sección 5.5 de la NIIF 9;
(bb) gastos o ingresos financieros por seguros de contratos emitidos dentro del alcance de la NIIF 17 (véase la NIIF 17);
(bc) ingresos o gastos financieros por contratos de reaseguro mantenidos (véase la NIIF 17);
(c) participación en el resultado del periodo de las asociadas y negocios conjuntos que se contabilicen por el método de la participación;
(ca) si un activo financiero se reclasifica desde la categoría de medición del costo amortizado, y se pasa a medir a valor razonable con cambios en resultados, cualquier ganancia o pérdida que surja de una diferencia entre el costo amortizado anterior del activo financiero y su valor razonable en la fecha de la reclasificación (como se define en la NIIF 9);
(cb) si un activo financiero se reclasifica desde la categoría de medición de valor razonable con cambios en otro resultado integral de forma que se mida a valor razonable con cambios en resultados, las ganancias o pérdidas acumuladas anteriormente reconocidas en otro resultado integral que se reclasifican al resultado del periodo;
(d) gasto por impuestos;
(ea) un importe único para el total de operaciones discontinuadas (véase la NIIF 5).
La información a presentar en el ORI (otro resultado integral) de acuerdo al párrafo 82A de la NIC 1 es:
La sección del otro resultado integral presentará partidas por los importes para el periodo de:
(a) partidas de otro resultado integral [excluyendo los importes del párrafo (b)], clasificadas por naturaleza y agrupadas en aquellas que, de acuerdo con otras NIIF:
(i) no se reclasificarán posteriormente al resultado del periodo; y
(ii) se reclasificarán posteriormente al resultado del periodo, cuando se cumplan ciertas condiciones específicas.
(b) la participación en el otro resultado integral de asociadas y negocios conjuntos contabilizados utilizando el método de la participación, separada en la participación en partidas que, de acuerdo con otras NIIF:
(i) no se reclasificarán posteriormente al resultado del periodo; y
(ii) se reclasificarán posteriormente al resultado del periodo, cuando se cumplan ciertas condiciones específicas.
En el resultado del periodo se deberá reconocer las siguientes partidas, de acuerdo al párrafo 88 y 89 de la NIC 1
Una entidad reconocerá todas las partidas de ingreso y gasto de un periodo en el resultado a menos que una NIIF requiera o permita otra cosa.
Algunas NIIF especifican las circunstancias en las que una entidad reconocerá determinadas partidas fuera del resultado del periodo corriente. La NIC 8 especifica dos de estas circunstancias: la corrección de errores y el efecto de cambios en políticas contables. Otras NIIF requieren o permiten que componentes de otro resultado integral que cumplen la definición de ingreso o gasto proporcionada por el Marco Conceptual se excluyan del resultado (véase el párrafo 7).
En el Otro resultado integral se deberá reconocer lo siguiente:
Una entidad revelará el importe del impuesto a las ganancias relativo a cada partida de otro resultado integral, incluyendo los ajustes por reclasificación, en el estado del resultado del periodo y otro resultado integral o en las notas. 91 Una entidad puede presentar las partidas de otro resultado integral:
(a) netas de los efectos fiscales relacionados, o
(b) antes de los efectos fiscales relacionados con un importe que muestre el importe acumulado del impuesto a las ganancias relacionado con esas partidas. Si una entidad elige la alternativa (b), distribuirá el impuesto entre las partidas que pueden reclasificarse posteriormente a la sección del resultado del periodo y las que no se reclasificarán posteriormente a ésta sección.
Información a presentar en los estados del resultado del periodo y otro resultado integral o en las notas.
De acuerdo a los párrafos 97-102 de la NIC 1:
Cuando las partidas de ingreso o gasto son materiales (tienen importancia relativa), una entidad revelará de forma separada información sobre su naturaleza e importe.
Entre las circunstancias que darían lugar a revelaciones separadas de partidas de ingresos y gastos están las siguientes:
(a) la rebaja de los inventarios hasta su valor neto realizable, o de los elementos de propiedades, planta y equipo hasta su importe recuperable, así como la reversión de tales rebajas;
(b) la reestructuración de las actividades de una entidad y la reversión de cualquier provisión para hacer frente a los costos de ella;
(c) la disposición de partidas de propiedades, planta y equipo;
(d) las disposiciones de inversiones;
(e) las operaciones discontinuadas;
(f) cancelaciones de pagos por litigios; y
(g) otras reversiones de provisiones.
Una entidad presentará un desglose de los gastos reconocidos en el resultado, utilizando una clasificación basada en la naturaleza o en la función de ellos dentro de la entidad, lo que proporcione una información que sea fiable y más relevante. 100 Se recomienda que las entidades presenten el desglose del párrafo 99 en el estado que presente el resultado del periodo y otro resultado integral.
Los gastos se subclasifican para destacar los componentes del rendimiento financiero que puedan ser diferentes en términos de frecuencia, potencial de ganancia o pérdida y capacidad de predicción. Este desglose se proporciona en una de las dos formas descritas a continuación.
La primera forma de desglose es el método de la “naturaleza de los gastos”. Una entidad agrupará gastos dentro del resultado de acuerdo con su naturaleza (por ejemplo depreciación, compras de materiales, costos de transporte, beneficios a los empleados y costos de publicidad) y no los redistribuirá atendiendo a las diferentes funciones que se desarrollan en la entidad. Este método resulta fácil de aplicar, porque no es necesario distribuir los gastos en clasificaciones funcionales. Un ejemplo de clasificación que utiliza el método de la naturaleza de los gastos es el siguiente:
La segunda forma de desglose es el método de la “función de los gastos” o del “costo de las ventas”, y clasifica los gastos de acuerdo con su función como parte del costo de las ventas o, por ejemplo, de los costos de actividades de distribución o administración. Como mínimo una entidad revelará, según este método, su costo de ventas de forma separada de otros gastos. Este método puede proporcionar a los usuarios una información más relevante que la clasificación de gastos por naturaleza, pero la distribución de los costos por función puede requerir asignaciones arbitrarias, e implicar la realización de juicios de importancia. Un ejemplo de clasificación utilizando el método de gastos por función es el siguiente: (pf. 103 - NIC 1)
Una entidad que clasifique los gastos por función revelará información adicional sobre la naturaleza de ellos, donde incluirá los gastos por depreciación y amortización y el gasto por beneficios a los empleados.
La elección entre el método de la naturaleza de los gastos o de la función de los gastos dependerá de factores históricos, así como del sector industrial y de la naturaleza de la entidad. Ambos métodos suministran una indicación de los costos que puedan variar directa o indirectamente, con el nivel de ventas o de producción de la entidad. Puesto que cada método de presentación tiene ventajas para tipos distintos de entidades, esta Norma requiere que la gerencia seleccione la presentación que sea fiable y más relevante. Sin embargo, puesto que la información sobre la naturaleza de los gastos es útil para predecir los flujos de efectivo futuros, se requieren información a revelar adicional cuando se utiliza la clasificación de la función de los gastos. En el párrafo 104, “beneficios a los empleados” tiene el mismo significado que en la NIC 19
Caso Práctico del Estado de resultados integral (Resultado del ejercicio y Otro resultado Integral)
La empresa al 31/12/2021 presenta la siguiente información de sus cuentas de ingresos y egresos:
Se sabe que todo lo que se ha comprado en el periodo se ha vendido y no existía inventario inicial de mercaderías.
El costo de las devoluciones fue de 1800.
Una partida de efectivo y equivalentes de efectivo por 117,010
Paso 1: Realizamos una hoja de trabajo de las cuentas de resultados con sus respectivas cuentas.
Paso 2: Elaboramos las notas al Estado de Resultados por función y Naturaleza
Paso 2.1: Notas al Estado de Resultados por Naturaleza
Paso 2.2: Notas al Estado de Resultados por Función
Paso 3: Notas al ORI
PASO 4: Construcción del Estado de Resultados por Naturaleza
Paso 5: Construcción del Estado de Resultados por Función
Paso 6: Otro Resultado Integral
Paso 7: Estado de Resultados del Periodo (Naturaleza) y ORI en uno solo
Paso 8: Estado de Resultados del Periodo (Función) y ORI en uno solo